Luego de la crisis del virus ISA, que se produjo entre 2007 y 2010, la industria chilena del salmón sufrió diversas modificaciones en términos normativos, con el fin de reducir los riesgos sanitarios y apuntar a una actividad más controlada y eficiente.
La mayor transformación vino con la Ley N° 20.434 del año 2010, bajo la cual se realizaron cambios en el modelo productivo para hacerlo más sustentable. En ese ámbito, se coordinó la operación de la industria a través de “agrupaciones de concesiones”, también conocidas como “barrios”, de modo que todos los centros de cultivo descansen al mismo tiempo y así disminuyan los riesgos de enfermedades.
De acuerdo con lo descrito en la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), una agrupación de concesiones se define como “el conjunto de concesiones de acuicultura que se encuentran dentro de un área apta para el ejercicio de la acuicultura en un sector que presenta características de inocuidad epidemiológicas, oceanográficas, operativas o geográficas que justifican su manejo sanitario coordinado por grupo de especies hidrobiológicas, así declarado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura”.
En ese ámbito, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura es el encargado de establecer los períodos de descanso coordinado y medidas profilácticas y tratamientos terapéuticos para los centros que cultiven el grupo de especies en cuestión. Además, en los casos que corresponda, conforme al grupo de especies y por resolución del Servicio, se pueden establecer programas de vigilancia bacteriológica, química y toxicológica, en conformidad con el reglamento correspondiente. La ley también define que la prestación de servicios a los centros de cultivo de un “barrio”, así como la operación de centros de acopio de peces, también deben estar sometidas a las medidas coordinadas.
Fuente: Subpesca/LGPA