¿DÓNDE SE PUEDE REALIZAR ACUICULTURA EN CHILE?

La acuicultura es una actividad bastante normada en Chile. Las concesiones acuícolas, ya sea para cultivo de salmónidos, de mitílidos u otros recursos– se otorgan bajo ciertas condiciones y éstas deben encontrarse en lo que se conoce como Áreas Aptas para la Acuicultura (AAA).

De acuerdo con la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), las concesiones de acuicultura se pueden otorgar en “las áreas de playas de mar, terrenos de playa fiscales, porciones de agua y fondo, y rocas, dentro y fuera de las bahías, y en los ríos que sean navegables por buques de más de cien toneladas de registro grueso, fijadas como apropiadas para el ejercicio de la acuicultura, por grupo o grupos de especies hidrobiológicas, por uno o más decretos supremos, expedidos por el Ministerio de Defensa Nacional”.

Asimismo, es la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura la encargada de la elaboración de los estudios técnicos para la determinación de las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura y de la debida consulta a los organismos encargados de los usos alternativos de esos terrenos o aguas, considerando la existencia de recursos hidrobiológicos o de aptitudes para su producción y la protección del medio ambiente. Por ejemplo, no se otorgan concesiones ni autorizaciones de acuicultura en áreas donde existan bancos naturales de recursos hidrobiológicos, incluidas las praderas naturales de algas.

Las clases de concesiones y autorizaciones de acuicultura reconocidas por la LGPA son: de playa; de terrenos de playa; de porción de agua y fondo, y de rocas.

Fuente: LGPA

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